Si llevas siguiendo mi trabajo desde hace un tiempo sabrás que soy muy critico con las acciones relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo en Venezuela, simplemente porque soy pragmático, trabaje años en todo tipo de empresas y entes gubernamentales y ya se que sirve y que no sirve, nuestra legislación en SST PRL se quedó en la Venezuela del año 2005 no en la del 2023 y esta NT NO AYUDA.
Como sabrán la burocracia campea en los entes gubernamentales, gente sin preparación ni experiencia alguna pretenden imponer a la fuerza estos instrumentos legales, eso lo pueden ver con la aplicación de la LOPCYMAT y todo lo que conlleva la aplicación de una ley en un país como Venezuela.

Pero vamos a los hechos hace unos días se dicto la NORMA TECNICA 04 -2023 que habla exclusivamente sobre PROGRAMAS DE SEGURIDAD EN EL TRABAJO (PST para abreviar), esta norma mantiene su espíritu de ser algo inaplicable en la realidad venezolana, ya que viene del invento del ecologista ecuatoriano Oscar Betancourt y su refrito llamado procesos de trabajo o procesos peligrosos, algo que NO SE USA EN NINGUN LUGAR DEL MUNDO PARA HACER PREVENCION. Pero me dejo de paja y voy al grano.
La estructura en lo que es prevención se mantiene basada de los procesos peligros y las medidas de prevención recomendadas en la norma técnica anterior, OJO EN TEORIA SE VE BIEN, pero en la práctica es otra vaina. El glosario de términos esta actualizado se incluye la cultura de seguridad muy de moda en estos días y eso es bueno.
La norma técnica hace énfasis en la participación protagónica de los trabajadores, como lo dice la LOPCYMAT, ¿pero si un trabajador no sabe nada de SST cuál es su participación PROTAGONICA? Los cursos de formación del INPSASEL están cargados de vainas ideológicas de carácter político y de poca SST y eso de nada sirve y menos en 2023, y tu que haces SST en Venezuela lo sabes.

La norma técnica establece un orden en que se debe trabajar y documentar la elaboración del PST a saber y resumidamente:
- Diseñar la política de seguridad (esa misma que tienes pegada en algún lado y nadie conoce).
- Elaborar e implementar un PST específico y adecuado a sus procesos de trabajo (si no hacen copy paste sería una maravilla).
- El Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá presentar el PST para su aprobación con la participación de los trabajadores (habrá tiempo para esto??).
- EL PST deberá ser sometido a la consideración del Comité de Seguridad y Salud Laboral. Y deberá ser presentado al INPSASEL para su aprobación y registro (me pregunto esto de que sirve en la practica? la experiencia aquí nos dice que de nada ya estos registros fracasaron en el pasado) .
Adicionalmente piden un exceso de papeles, registros, organigramas de la empresa, etc etc etc, solo les falto un estudio de ADN de los empresarios en los recaudos para el registro ante el INPSASEL ?en que diablos ayuda esto a la seguridad y salud de las organizaciones si se supone que todas ya están registradas en ese ente?.
Como siempre se le dan a las empresas y órganos del estado lapsos IRREALES DE TIEMPO, 30 días continuos para realizar y documentar el proceso luego de su publicación en Gaceta, por lo que las entidades de trabajo tienen hasta el 13 de octubre de 2023 para realizar la adecuación y solicitar el registro ante el INPSASEL. Sera que el IPSASEL esta listo para esto??? YO LO DUDO, Por suerte ya volvieron a poner su pagina web online la cual llevaba años sin funcionar. ¿Porque no hacen este proceso online y le evitan a la gente el engorroso proceso de acudir a sus oficinas? Estamos en el año 2023 y todos los tramites burocráticos deberían ser hechos de manera DIGITAL y no presencial eso se presta para muchas cosas raras.
Esta norma deja una enorme discrecionalidad a los funcionarios del INPSASEL y eso para mi es muy peligroso, ya que en el pasado reciente han demostrado no actuar muy profesionalmente y con criterios nada técnicos ni científicos (Las excepciones se cuentan con los dedos) y tú que lees esto lo sabes, por suerte el TSJ a dejado muchas actuaciones de este ente invalidadas por su pésimo soporte técnico científico.
El aspecto de la investigación de accidentes y enfermedades ocupacionales esta bien interesante y se debería dictar una norma técnica en este apartado ya que la función de los servicios de SST en la investigación de estos temas es la que es, el INPSASEL solo debería ser un ente de registro, control y sanción, y las empresas asumir con seriedad la gestión preventiva.
Y ahora la peor parte, como si fuera poco te van a cobrar (a la empresa) por registrar el programa ante el INPSASEL, estos aranceles se calcularán según el número de trabajadores como es normal, y como podrán ver esto en el meollo del asunto RECAUDAR FONDOS (entiéndase hacer platica) y desde donde yo veo las cosas no es hacer prevención. Hacer que una pyme de 1-5 personas tenga comité delegados y programa para mi, sigue siendo una tontería sin basamento alguno, y mas dada la realidad venezolana que es la INFORMALIDAD LABORAL (que parecen que en el INPSASEL desconocen).
¿Analízalo críticamente desde que se han aplicado en Venezuela las normas técnicas e inspecciones del INPSASEL ha mejorado la SST , o se han reducido los accidentes o las enfermedades de carácter ocupacional? Tu que trabajas en Venezuela lo sabes y tienes las respuestas…
Por aquí les dejo un resumen de otras NORMAS TECNICAS DEL INPSASEL que hice con mas tiempo , analícenlo y saquen sus conclusiones, y recuerden lo que es ley hay que cumplirlo aunque NO nos guste, así son las cosas. Y como siempre me pongo a la orden del INPSASEL para discutir este y otros asuntos (cuando este en Venezuela).
Gracias a MARIELA LLOVERA de NAYMA CONSULTORES por hacerme llegar esta normativa y su resumen que me sirvió para hacer este artículo, los invito a leerlo que esta mucho mejor y menos sesgado que este.



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